Todo lo que debes saber sobre el cálculo de gratificaciones 2023

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Una pieza clave en la gestión de personal es el cálculo de gratificaciones. Ya que este beneficio social, equivale a un sueldo básico adicional, si el trabajador ha laborado un semestre completo en la empresa.

En este caso, las gratificaciones legales son un derecho de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Donde el empleador otorga 2 ingresos adicionales en el año, con motivo de fiestas patrias y Navidad, según la Ley 27735.

Todo esto con el propósito de que los trabajadores puedan cubrir los gastos incurridos en las festividades. Que como todos sabemos, se elevan por actividades recreativas, familiares, viajes, compras, entre otros.

Por eso, es muy importante tener actualizados los datos de las bases de datos de empleados.

De acuerdo al Decreto Supremo 019-2006-TR, se considera como falta grave de las empresas. No otorgarles a sus trabajadores de forma íntegra y oportuna los sueldos y beneficios, a los cuales tiene derecho.

Sin duda, además de ser una falta legal, también afecta el desarrollo de las actividades en una empresa. Al perjudicar el nivel de compromiso de los colaboradores.

Es por esta razón, que te contaremos todo lo que hay que saber sobre el cálculo de gratificaciones.

Los empleados que se consideran en el cálculo de gratificaciones

La Ley 27735, establece que todos los trabajadores de la actividad privada, que estén en planilla, tienen derecho a las gratificaciones. Este beneficio se otorga, sin importar la modalidad del contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios.

Sin embargo, hay que tomar en cuenta que para tener este derecho. Los trabajadores deben haber laborado al menos un mes completo, que sea anterior al mes en el que corresponde hacer el pago. 

Por lo tanto, si la fecha de pago es en julio y diciembre, el trabajador debe haber laborado en junio y noviembre. Además, tiene que encontrarse cumpliendo sus labores durante la primera quincena de los meses de gratificaciones.

Qué días se cuentan en el cálculo de las gratificaciones

En el cálculo de gratificaciones, se toman en cuenta los días laborados de forma efectiva. También se consideran los días de vacaciones, descansos y licencias con goce o que originen el pago de algún subsidio.

Por un ejemplo, si un trabajador tiene un descanso por accidente de trabajo que esté pagado por subsidio. Estos días serán contados en el cálculo de gratificaciones.

Qué remuneración se toma para el cálculo gratificaciones

Para este caso se toma la remuneración que de forma regular recibe el trabajador por la prestación de sus servicios. En otras palabras, aquella vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, de forma respectiva, según el Decreto Supremo 005-2002-TR.

Además, hay que considerar si la remuneración es fija o variable. La fija es aquella donde se incluye el sueldo básico y la asignación familiar. En cambio, la variable incluye horas extras o bonificaciones.

De hecho, para que esta remuneración variable se tome en el cálculo de gratificaciones. El trabajador debe haberla percibido por lo menos 3 veces en el semestre.

El cálculo de gratificaciones está sujeto a descuentos

Según la Ley 30334 las gratificaciones por fiestas patrias y navidad no están afectas a descuentos, aportes o contribuciones.

También hay que considerar que el 9% sobre el monto de la gratificación que como empresa se dejará de aportar a EsSalud. Debe ser entregado como una bonificación extraordinaria.

En cambio, si el trabajador está afiliado a una EPS, la bonificación extraordinaria será el 6,75% del monto de la gratificación.

¿Qué fórmulas utilizar en el cálculo de gratificaciones?

Primero veamos algunos de los casos posibles en el cálculo de gratificaciones:

1.  Cuando el trabajador ha laborado durante todo el semestre

En este caso se consideran gratificaciones ordinarias completas y el cálculo se puede hacer de la siguiente manera:

Gratificación = Remuneración computable / periodo computable X periodo laborado

2.  Cuando el trabajador no ha laborado todo el semestre

Si el trabajador no ha laborado todo el semestre, estas se denominan gratificaciones ordinarias proporcionales y la fórmula se plantea de la siguiente forma:

Gratificación = (remuneración computable/periodo computable) x periodo laborado completo

3.  Cuando el trabajador ha cesado sus labores antes del pago de gratificaciones

Se denominan gratificaciones truncas, ya que el trabajador ha cesado sus servicios antes de la primera quincena de julio o diciembre. Por ello, solo se hace el pago por mes calendario completo laborado, utilizando la siguiente fórmula: 

Gratificación = 1/6 remuneración computable x cada mes laborado completo

Qué papel tiene SUNAFIL en el cálculo de gratificaciones

SUNAFIL es la entidad encargada de garantizar el respeto de los derechos de los trabajadores.  A través de la fiscalización del cumplimiento del ordenamiento socio laboral, de seguridad y salud en el trabajo.

Por esta razón, ha habilitado una calculadora laboral que permite a los trabajadores saber, de manera referencial, el monto de gratificación que debe pagar su empleador.

Para el cálculo de gratificaciones por medio de este aplicativo, el trabajador debe proporcionar sus datos e información laboral. Por ejemplo: documento de identidad, número de RUC de la empresa y otros datos referentes en la boleta de pago.

De hecho, “calcula tu grati”, también hará el cómputo de la bonificación extraordinaria.  Bien sea si el trabajador está asegurado en Essalud o en una EPS.

Casos prácticos: gratificaciones 2023

Veamos el cálculo de gratificaciones por fechas patrias para Susana y Juan.

Caso 1: el trabajador ha laborado durante todo el semestre

Susana ingresó a la empresa KJH el 18/10/21 con un sueldo de S/2,000.00, no tiene asignación familiar y se encuentra afiliada a Essalud.

  • Remuneración computable = S/ 2,000.00
  • Monto = (S/2,000.00÷6) x 6 = S/2,000.00
  • Bonificación extraordinaria = S/2,000 x 9% = S/180.00
  • Total a pagar por gratificación = S/2,180.00

Caso 2: el trabajador no ha laborado todo el semestre

Juan ingresó a NLK SAC el 04/04/22 con un sueldo de S/2,500.00, no tiene asignación familiar y se encuentra afiliado a una EPS.

  • Remuneración computable = S/ 2,500.00
  • Monto = S/(2,500.00÷6) x  2  = S/833.33
  • Bonificación extraordinaria = S/ 833.33 x 6,75% = S/56.25
  • Total a pagar por gratificación = S/889.58

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